Se trata de una parcela situada en Ave. 23, ente calle P y Humboldt, Vedado, municipio Plaza de la Revolución, La Habana, con una superficie de 31 ha= 3140.37 m2 en la que se prevé la construcción de un hotel 5 estrellas plus, de estilo contemporáneo. El inmueble contará con 400 habitaciones y estará compuesto por tres módulos entrelazados a través de un amplio atrio acristalado que aportará luz natural y riqueza interior a la edificación. Estará provisto además de teatro, sala de reuniones y tiendas. Se deberá tener en cuenta, de forma general, la preservación patrimonial y medioambiental de la imagen del Vedado, así como el equilibrio entre el espacio libre y el edificado.
Se localiza en el municipio Plaza de la Revolución, en el reparto El Vedado, en parte de una manzana delimitada por las calles 23 (arteria principal) y P. Ubicación privilegiada teniendo en cuenta que la mayoría de las edificaciones comerciales y de servicios más importantes de la capital se encuentran en los alrededores de la intersección entre las calles 23 y L. Con mayor proximidad los Ministerios del Trabajo y de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, lo que resulta de gran beneficio teniendo en cuenta que el hotel estará dirigido principalmente a recibir turismo de negocios y motivos profesionales. La ubicación en el borde costero hace que se considere como un conjunto de alta significación en su funcionalidad e imagen expresiva, al constituir la fachada de la ciudad desde el mar. Se estima alcanzar 146.000 habitaciones días ocupadas, con cifras de 277.400 turistas días totales, de ellos un 98% de turistas extranjeros. Los ingresos turísticos se prevén en el orden de los 35.000.000 dólares anuales y un ingreso medio de 126 dólares.
Los beneficios fiscales establecidos comprenden diversos aspectos. En lo que respecta a los impuestos sobre utilidades, se establece una exención del 0% durante un período de ocho años, con posibilidad de ampliarse excepcionalmente, pasando posteriormente a una tasa del 15%. Las utilidades reinvertidas también gozan de una exención del 0%, mientras que aquellas derivadas de la explotación de recursos naturales pueden beneficiarse de un incremento del 50%. En cuanto a la utilización de la fuerza de trabajo, esta se encuentra exenta de impuestos, al igual que los ingresos personales percibidos por socios o partes. Las contribuciones al desarrollo local están exentas durante la recuperación de la inversión, y los impuestos sobre ventas o servicios tienen un 0% en el primer año de operaciones, seguido de una bonificación del 50% para las ventas mayoristas y servicios. Por otra parte, la utilización o explotación de recursos naturales y la preservación del medio ambiente cuentan con una bonificación del 50% durante el período de recuperación de la inversión. Finalmente, los impuestos aduaneros están exentos durante el proceso inversionista.