En el Capítulo 5 del Código, que se ocupa de la Economía del Turista, se ofrecen recomendaciones acerca de los estímulos para el desarrollo del turismo, conforme a las leyes y normativas pertinentes.
Los propósitos fundamentales que se determinan son disminuir los elevados gastos de construcción y funcionamiento de los emprendimientos turísticos en Puerto Rico, llevar a cabo medidas para bajar los costos energéticos, utilizando diversas opciones de fuentes renovables y ofrecer 15 años de alivios fiscales, prorrogables por 15 años más.
Más detalles
La ley pertinente contempla 5 clases de exenciones que se pueden aplicar a los proyectos turísticos: Impuesto sobre las ganancias (generalmente, hasta un 4%); Impuesto sobre bienes muebles e inmuebles (posibilidad de exención de hasta el 75%); e Impuesto municipal por la construcción (exención de hasta el 75%)
También la tasa de licencia, impuestos especiales y otros tributos municipales (exención del 59%); y las contribuciones sobre productos de uso y consumo (hasta el 100% de exención en el pago de tributos para artículos comprados y empleados en un negocio exento, así como en actividades turísticas, incluidos materiales y artículos de construcción).
Más información en: https://investuramerica.com/inversion/codigo-de-incentivos-de-puerto-rico/