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Edición nº 86 | Año 1 | Miércoles 30 de julio 2025 | Director: Eugenio de Quesada | Órgano oficial de CIMET
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El Salvador promueve la inversión extranjera en el país con seguridad jurídica

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Los requisitos de esta ley son:

  • Serán sujetos de aplicación de la presente Ley, las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que realicen nuevos proyectos de inversión o amplíen los existentes dentro del territorio nacional, que contribuyan al fortalecimiento de las fuerzas productivas del país y generen valor agregado para desarrollar los siguientes sectores considerados estratégicos y necesarios para el crecimiento de la economía del país: Agencia de Promoción de Inversión y Exportaciones, Aeronáutica, Agroindustria, Acuicultura, Electrónica, Energía, Infraestructura estratégica, Logística, Servicios de salud, Manufacturas diversas,Telecomunicaciones,Turismo, Servicios empresariales a distancia y Ciencia y tecnología.
  • Los inversionistas nacionales o extranjeros, para obtener las garantías que otorga el Contrato de Estabilidad Jurídica bajo el marco de esta Ley, deberán realizar una inversión en activo fijo por un monto igual o mayor a cuatro mil doscientos veinte (4,220) salarios mínimos vigentes del sector industria, en dólares de los Estados Unidos de América, en nuevos proyectos o en la ampliación de los ya existente
La ley busca atraer inversión nacional y extranjera mediante un marco legal que garantice seguridad jurídica y estabilidad tributaria hasta por 20 años, promoviendo el desarrollo económico, la integración internacional y la generación de empleo.

El objeto de esta ley es atraer y promover la Inversión Nacional y Extranjera a través de un marco legal que garantice la Seguridad Jurídica al Inversionista, la implementación de Contratos de Estabilidad Jurídica. Todo ello con la finalidad de contribuir de manera efectiva al desarrollo económico y social del país, al crecimiento de los sectores estratégicos, a la integración eficiente de la economía nacional con la internacional y a la generación de empleo.

Los inversores contarán con las siguientes garantías por un período de tiempo de hasta 20 años, dependiendo de la magnitud de la inversión.

  • Estabilidad tributaria en el ámbito nacional, que se deriva del régimen jurídico de los impuestos vigentes.
  • Estabilidad tributaria en el ámbito municipal, que se deriva del régimen jurídico de los impuestos municipales vigentes.
  • Estabilidad en las exenciones tributarias contenidas en Leyes Especiales, para el plazo que hubieran sido otorgadas por la institución pertinente.
  • Estabilidad de los regímenes aduaneros, que se derivan de las Leyes Especiales relacionadas con devolución de aranceles, suspensivos y liberatorios;e) Estabilidad de libre transferencia al exterior de los fondos provenientes de inversiones extranjeras, conforme a la Ley de Inversiones.
  • Estabilidad del régimen migratorio relacionado con la residencia de inversionista, conforme a lo establecido en la Ley de Inversiones y demás legislación vigente.

Se exceptúan del presente régimen de estabilidad jurídica tributaria los impuestos indirectos. Durante el término de duración de los Contratos de Estabilidad Jurídica, dicha estabilidad no podrá recaer sobre normas declaradas inconstitucionales por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

Visor del PDF Ley-de-Estabilidad-Juridica-para-las-Inversiones.pdf

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