La ley establece un Régimen de Promoción a las Inversiones Turísticas en Jujuy con el objetivo de fomentar y desarrollar el turismo receptivo de manera sostenible, promoviendo la participación privada, la inversión en infraestructura, la preservación del patrimonio natural y cultural, la capacitación de recursos humanos, el fortalecimiento de la imagen provincial a nivel nacional e internacional, y el impulso del turismo interno y empresarial de la provincia. Ofrece bonificaciones a nuevos establecimientos en el Diferimiento en el pago de los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario y a los sellos de hasta el 100% según el tipo de actividad y zona (desarrollo turístico, contigua, incidida). Asimismo, Las inversiones en las actividades promovidas por la presente Ley, localizadas exclusivamente en las zonas de desarrollo turístico, tendrán derecho al crédito fiscal de hasta un 70%.La ley también establece exenciones impositivas de hasta un 80% con un máximo de 10 años en Ingresos Brutos, Impuesto inmobiliario, Impuesto a los Sellos y Tasas retributivas e Impuesto a los Sellos y Tasas de inscripción.