Leer en otro idioma
Read in a different language
Spanish English Portuguese
Edición nº 157 | Año 1 | Jueves 9 de octubre 2025 | Director: Eugenio de Quesada | Órgano oficial de CIMET
Edición nº 157 | Año 1 | Jueves 9 de octubre 2025 | Director: Eugenio de Quesada | Órgano oficial de CIMET

Nicaragua promueve el desarrollo sostenible y turístico de las zonas costeras

Inicio de la ayuda

Fin de la ayuda

Los requisitos son:

  • Las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que obtengan concesiones de uso de las costas y zonas costeras, deberán pagar un canon anual por derecho de concesión, el cual será recaudado por los gobiernos municipales de la circunscripción respectiva donde se otorguen. Solamente podrán presentar solicitudes de otorgamiento de concesión las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeros residentes en el país.
  • Las personas naturales o jurídicas que soliciten concesiones deben cumplir con los requisitos establecidos en la presente Ley y de conformidad con el procedimiento establecido a continuación:

1. Concesiones de derechos de uso, habitación o recreación: a. Presentar solicitud escrita para derechos de uso y fines de habitación o recreación ante el gobierno municipal o gobiernos regionales de cada circunscripción. b. Si se trata de persona natural, acompañar fotocopia de Cédula de Registro Único del Contribuyente (RUC) y documento de identidad. De ser persona jurídica presentar los requisitos del inciso 2 literal b. c. Documento de fianza o garantía, cuyo monto se establecerá reglamentariamente.

2. Para uso comercial o turístico: a. Presentar por escrito la solicitud de concesión ante el gobierno municipal o gobiernos regionales. b. Las personas jurídicas deberán acompañar a su solicitud: Fotocopia de la Escritura de Constitución Social y Estatutos; Certificado de inscripción como comerciantes, Acreditación del representante legal, El objeto social debe ser expresamente relacionado con la actividad de aprovechamiento solicitada; y Fotocopia de la Cédula RUC. c. Documento de fianza o garantía, cuyo monto se establecerá reglamentariamente. d. Especificar la actividad que se propone desarrollar, lo que implica que deberá presentar el plan de inversiones. e. Presentar el Estudio de Impacto Ambiental debidamente aprobado por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales o las Secretarías de Recursos Naturales y posteriormente el Permiso Ambiental o Autorización Ambiental también debidamente aprobado por las correspondientes instancias. f. Estudio de viabilidad económica de proyecto.

La ley busca promover el desarrollo sostenible en zonas costeras, garantizando el acceso público y respetando derechos de propiedad. Concesiones se otorgarán por veinte años, extensibles a cincuenta y nueve para proyectos turísticos significativos.

La Ley N°690 para el Desarrollo de Zonas Costeras, aprobada el 26 de noviembre de 2020, tiene el propósito de promover el desarrollo sostenible de las zonas costeras, el aprovechamiento de su invaluable potencial turístico y garantizar el acceso de la población a las costas. La ley reconoce y respeta los derechos de propiedad legalmente adquiridos de las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras. Acceso a concesiones: as concesiones se otorgarán a través de resoluciones municipales o regionales, las que deberán publicarse en La Gaceta, Diario Oficial, requisito sin el cual no tendrán ninguna validez. El plazo de la concesión será por un periodo de veinte (20) años prorrogables a solicitud del interesado. En casos especiales para proyectos de desarrollo turístico el periodo será hasta por cincuenta y nueve (59) años, cuando a juicio de la Comisión Nacional de Desarrollo de las Zonas Costeras, se trate de un proyecto cuyo monto de inversión, impacto económico y potencial de generación de empleos, requieran de una relación contractual de mayor duración.

Visor del PDF g189.pdf

Documentos adjuntos

Boletín de noticias

Date de alta (gratis)

Completa con tus datos y recibe las últimas noticias en tu correo

Órgano oficial de:

Spanish English Portuguese

Leer en otro idioma | Read in a different language

Boletín de noticias

Date de alta (gratis)

Completa con tus datos y recibe las últimas noticias en tu correo