Entre los propósitos específicos de la actual ordenanza se encuentra el mejorar la calidad de la propuesta turística con el fin de optimizar los servicios de la ciudad, incrementar la duración media de las estancias de los visitantes, robustecer la cadena de valor, impulsar inversiones en el ámbito turístico y en instalaciones deportivas de relevancia turística para la realización de eventos, así como estimular la creación de empleo y actividades directamente o indirectamente relacionadas con el Turismo.
Los beneficios comprenden reducciones en los siguientes tributos: impuesto sobre los Ingresos Brutos, Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene, impuesto inmobiliario, derechos de edificación y el impuesto sobre vehículos. El porcentaje de la reducción aplicable varía en función del tipo de actividad turística, la categoría y el tamaño de la empresa. Además, la ordenanza permite acceder a un beneficio que consiste en la devolución de hasta el 100% del coste de las capacitaciones llevadas a cabo con sus empleados o con cualquiera de los miembros de la cadena de valor, en forma de un bono electrónico de crédito fiscal, cuyo monto no puede exceder el 20% de los ingresos brutos.
Más detalles
Igualmente, los empleadores del Sector Turístico que contraten nuevos empleados de manera indefinida, que sean residentes permanentes en la misma área donde se llevará a cabo su trabajo, tendrán derecho a un reintegro de hasta el 50% de sus contribuciones patronales vigentes, que se destinarán a los subsistemas de la seguridad social, dependiendo de la cantidad de personal que se contrate, conforme a la reglamentación, durante los primeros 12 meses contados desde el inicio de la nueva relación laboral, sujeto a la disponibilidad presupuestaria, con la presentación de los recibos correspondientes al pago de dicho concepto por parte del beneficiario.
Las áreas de uso incluyen nuevos negocios o trabajos de renovación en hospedajes hoteleros, no hoteleros y servicios gastronómicos, parques de atracciones o de aventuras, estaciones de esquí, lugares turísticos, de congresos, convenciones, ferias, así como actividades culturales, deportivas y recreativas, Turismo rural, enológico, transporte turístico (excursiones terrestres, lacustres, fluviales, por aire) y compañías de alquiler de automóviles con o sin conductor.