Edición nº 1 | Año 1 | 25 de abril 2025 | Director: Eugenio de Quesada | Plataforma del Grupo NEXO
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Edición nº 1 | Año 1 | 25 de abril 2025 | Director: Eugenio de Quesada | Plataforma del Grupo NEXO

Honduras fomenta la aviación con una ley para la explotación de rutas de bajo coste

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Las aerolíneas que se amparen en la presente Ley deben cumplir con las obligaciones siguientes:

1) Presentar una proyección de tráfico aéreo de nuevos usuarios del transporte aéreo generados por la práctica tarifaria de estímulo a turismo y negocios, que sea de al menos un 40%, pronóstico que se revisará junto con su debida justificación por parte de la Comisión Interinstitucional para la Regulación de Rutas de Transporte Aéreo (CIRRTA) después del primer año de operación;

2) Previo al inicio de operaciones debe presentar a la Comisión Interinstitucional para la Regulación de Rutas de Transporte Aéreo (CIRRTA), los esquemas tarifarios que permitan certificar el cumplimiento de las prácticas de una ruta de bajo costo que incluya promociones y descuentos;

3) Las garantías contempladas en la Ley de Aeronáutica Civil para protección del consumidor en el caso de suspensión de operaciones y otra por los servicios prestados por el Estado a través de ésta; 4) Los seguros contemplados en la Ley de Aeronáutica Civil; y,

5) Otra documentación y/o información requerida por la Comisión Interinstitucional para la Regulación de Rutas de Transporte Aéreo (CIRRTA). Una vez aprobada la ruta secelebrará un contrato entre el Representante de la ComisiónInterinstitucional para la Regulación de Rutas de TransporteAéreo (CIRRTA), el Administrador del Aeropuerto y laAerolínea beneficiada.

Esta normativa del Gobierno busca estimular y fomentar la industria del transporte aéreo en Honduras, facilitando el acceso al mercado con tarifas bajas, impulsando el Turismo y generando empleo post-COVID-19. Incluye beneficios administrativos, descuentos en tarifas aeroportuarias y servicios durante el primer año.

La presente Ley tiene como objeto estimular y fomentar la industria del transporte aéreo nacional e internacional en rutas con bajo costo para facilitar el acceso al mercado hondureño con la aplicación de tarifas que estimulen el desarrollo de la aviación civil en el país y un incremento en el turismo, generando nuevas oportunidades de empleo, tras la COVID-19.

Los beneficios de esta ley incluyen el apoyo a cualquier actividad administrativa y comercial que la aerolínea requiera para su inicio de operación así como la comercialización anticipada delas rutas antes del inicio de sus operaciones. También contempla descuentos en la tarifa de aterrizaje y despegue, que varían según el aeropuerto (art. 4a). Se establece además un descuento de hasta 100% los servicios aeroportuarios de la aerolínea durante el primer año de operaciones.

Visor del PDF Decreto-48-2021.pdf

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