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Edición nº 87 | Año 1 | Jueves 31 de julio 2025 | Director: Eugenio de Quesada | Órgano oficial de CIMET
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El Gobierno argentino fomenta la generación del empleo en la provincia de Salta

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Podrán ser beneficiarios las personas físicas con domicilio en el territorio nacional, las personas jurídicas y los inversores extranjeros que constituyan domicilio en el país. No podrán ser beneficirias las personas físicas o jurídicas condenadas, inhabilitadas por cualquiertipo de delito doloso o se encuentren en un proceso concursal. Los beneficios de exención de impuestos provinciales podrán otorgarse por un plazo máximo de hasta cinco años para los nuevos emprendimientos.

Se exceptúan de esta exención las Tasas Retributivas de Servicios. Cuando las inversiones que se promuevan correspondan a ampliaciones de establecimientos que se encuentren en marcha, la modernización o mejoramiento tecnológico de su producción, el beneficio a conceder no podrá ser superiora cuatro años. En ningún caso, el beneficio anual otorgado en certificados de crédito fiscal a un proyecto de inversión determinado, podrá superar el 10% del monto total asignado por la Ley Provincial de Presupuesto a la partida y ejercicio pertinente. Los certificados de crédito fiscal que se otorguen se acreditarán en la cuenta corriente tributaria del beneficiarioante la certificación del cumplimiento de las inversiones comprometidas.

La ley busca impulsar el sector privado en Salta, promoviendo inversiones en modernización y producción. Ofrece beneficios fiscales, exenciones tributarias y asistencia técnica, con énfasis en el desarrollo del turismo y estabilidad fiscal hasta 2027.

Esta ley busca fomentar el sector privado de la provincia de Salta, con el objetivo de expandir la capacidad de producción de bienes y servicios y su modernización, en sectores de interés provincial. Los beneficios de esta ley se destinan a inversiones en nuevas instalaciones, ampliación de las existentes o que impliquen la modernización o mejoramiento tecnológico de su producción, en tanto tal mejoramiento redunde en un incremento de su producción en una mejora en la prestación de los servicios.

Menciona específicamente el sector turístico como un ámbito de interés para el desarrollo local y comunitario en la provincia, teniendo como objetivo atraer inversiones que se adecúen con los planes estratégicos establecidos para el sector.

Concretamente, los beneficios que pueden disfrutar estas inversiones incluyen la exención de tributos provinciales existentes o futuros. También ofrece la posibilidad de otorgar Certificados de Crédito Fiscal por hasta el 40% de las inversiones realizadas, utilizables para el pago de impuestos como el de Actividades Económicas, Sellos e Inmobiliario Rural. Además, se podrá ceder en comodato, por un máximo de 20 años, o alquilar a precio de fomento bienes del Estado Provincial. Otros beneficios incluyen el apoyo a gestiones para la obtención de créditos ante entidades bancarias y financieras, tanto públicas como privadas, así como la tramitación de beneficios de promoción otorgados por el Estado Nacional o entidades federales, así como la asistencia técnica en áreas administrativas, económicas, financieras, ambientales y tecnológicas. Por otro lado extiende la estabilidad fiscal hasta el 31 de diciembre de 2027, lo que quiere decir que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas radicadas en la provincia de Salta no pueden ver incrementada su carga tributaria en el ámbito provincial.

Visor del PDF LEY-PROVINCIAL-8086.pdf

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