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Edición nº 87 | Año 1 | Jueves 31 de julio 2025 | Director: Eugenio de Quesada | Órgano oficial de CIMET
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Cuba busca inversión para un alojamiento turístico en el municipio de La Lisa

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Los requisitos de esta inversión son:

  • Cuantía de inversión: $ 950.000 USD
  • El Estado cubano autoriza inversiones extranjeras que no afecten la defensa y seguridad nacional, el patrimonio de la nación y el medio ambiente. La aprobación para efectuar inversiones extranjeras en el territorio nacional se otorga atendiendo al sector, la modalidad y las características de la inversión extranjera, por los órganos del Estado.
El proyecto de inversión en La Lisa busca ofrecer servicios turísticos vinculados a la agricultura urbana, mejorando infraestructura. La empresa Provincial de Alojamiento de La Habana disfruta de importantes beneficios fiscales, incluyendo exenciones de impuestos y bonificaciones en diversas categorías.

El proyecto de inversión consiste en un contrato de administración de servicios con el objetivo de prestar servicios turísticos en un alojamiento en el municipio de La Lisa a clientes internacionales, potenciando un producto vinculado a la agricultura urbana. Se requiere mejorar la infraestructura de la instalación en función de alcanzar estándares adecuados para prestar servicios turísticos a clientes internacionales. El inversor nacional es la empresa Provincial de Alojamiento de La Habana (EPALH).

Los beneficios fiscales establecidos comprenden diversos aspectos. En lo que respecta a los impuestos sobre utilidades, se establece una exención del 0% durante un período de ocho años, con posibilidad de ampliarse excepcionalmente, pasando posteriormente a una tasa del 15%. Las utilidades reinvertidas también gozan de una exención del 0%, mientras que aquellas derivadas de la explotación de recursos naturales pueden beneficiarse de un incremento del 50%. En cuanto a la utilización de la fuerza de trabajo, esta se encuentra exenta de impuestos, al igual que los ingresos personales percibidos por socios o partes. Las contribuciones al desarrollo local están exentas durante la recuperación de la inversión, y los impuestos sobre ventas o servicios tienen un 0% en el primer año de operaciones, seguido de una bonificación del 50% para las ventas mayoristas y servicios. Por otra parte, la utilización o explotación de recursos naturales y la preservación del medio ambiente cuentan con una bonificación del 50% durante el período de recuperación de la inversión. Finalmente, los impuestos aduaneros están exentos durante el proceso inversionista.

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