Leer en otro idioma
Read in a different language
Spanish English Portuguese
Edición nº 86 | Año 1 | Miércoles 30 de julio 2025 | Director: Eugenio de Quesada | Órgano oficial de CIMET
Edición nº 86 | Año 1 | Miércoles 30 de julio 2025 | Director: Eugenio de Quesada | Órgano oficial de CIMET

Código de Incentivos de Puerto Rico: el país caribeño ofrece beneficios a la inversión

Inicio de la ayuda

Fin de la ayuda

El proceso establecido por el Reglamento de Incentivos para la selección de proyectos podrá, sin que se entienda como una limitación, incluir los siguientes criterios:

  • El orden de recepción de solicitudes completas y que cumplan con todos los requisitos establecidos.
  • La disponibilidad de fondos y compromisos financieros ya logrados con los Inversionistas que demuestren la viabilidad financiera del proyecto.
  • Los permisos ya obtenidos para iniciar el proyecto o la actividad propuesta que demuestren la viabilidad regulatoria del proyecto.
  • El nivel de Crédito Fiscal solicitado como porcentaje de la inversión o gasto correspondiente.
  • El retorno sobre la inversión del Crédito Contributivo, como criterio primario y esencial, así como la aportación de la empresa al Gobierno de Puerto Rico y el efecto multiplicador en empleos e ingresos de la actividad a fomentar.
  • La compra de Productos Manufacturados.

La fase de solicitud previa:

  • Reunión que establece el inicio de la fecha del Costo Total del Proyecto;
  • Se explica conceptualmente el desarrollo de la Actividad Turística;
  • Se debe presentar información sobre inversionistas, financiamiento del proyecto, costo total estimado, puestos de trabajo, operador del negocio, fecha estimada de inicio de la construcción y proyección de ingresos para el primer año de operación.
  • Cargos
  • Después de recibir la carta de solicitud previa, tiene 18 meses para presentar una solicitud.

La fase de solicitud definitiva:

  • Certificados negativos de deuda del Departamento de Hacienda (DH), Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), Centro de Recaudación de Impuestos Municipales (CRIM), y cualquier otro documento y/o permiso que la CTPR considere necesario;
  • Radicación Provisional (debe mediar una Declaración Jurada);
  • Cargos: Solicitud original y enmiendas (si no es por error administrativo en el procesamiento;
  • El Secretario del DDEC evaluará, para el cumplimiento de las leyes fiscales, u otra ley bajo su jurisdicción y enviará su recomendación al DE de la CTPR, en un máximo de 60 días a partir de su debida presentación.
El Capítulo 5 del Código sobre Economía del Visitante ofrece incentivos a desarrollos turísticos en Puerto Rico, incluyendo exenciones fiscales, para reducir costes de construcción y operación, y promover fuentes de energía renovables en diversas actividades turísticas.

El Código a través de su Capítulo 5, que hace referencia a la Economía del Visitante, asesora sobre incentivos para desarrollos turísticos, bajo las leyes y reglamentos aplicables.

Los objetivos principales que establece son:

  • Reducir los altos costos de construcción y operación de los negocios turísticos en Puerto Rico.
  • Tomar acciones para reducir los costos de energía, a través de las diferentes alternativas de fuentes renovables.
  • Proveer 15 años de exenciones de impuestos, renovables por 15 años adicionales.

La respectiva Ley incluye 5 tipos de exenciones aplicables a los proyectos turísticos:

  • Impuesto a las ganancias (en general, hasta un 4%)
  • Impuesto de bienes muebles e inmuebles (hasta un 75% de exención)
  • Impuesto municipal de construcción (hasta un 75% de exención)
  • Tasa de licencia, impuestos especiales y otros impuestos municipales (59% de exención)
  • Impuestos sobre artículos de uso y consumo (exención de hasta el 100% en el pago de contribuciones, respecto de artículos adquiridos y utilizados en un negocio exento, y en relación con la actividad turística, incluyendo artículos y materiales de construcción)

Las actividades elegibles son:

  • Hoteles, Condohoteles, Paradores, Bed and Breakfasts, Guest Houses, Clubes Vacacionales (Tiempo Compartido), Marina Turística, Campos de Golf en Hoteles.
  • Otras instalaciones o actividades, tales como: Turismo Médico, Turismo Sustentable, Recursos Naturales, Turismo Náutico, Casinos, Agro-hostales, Parques Temáticos, e instalaciones que por su especial atractivo sean un estímulo para el turismo interno o externo.
  • Actividades de eSports y Ligas de Fantasía.

Visor del PDF 60-2019.pdf

Documentos adjuntos

Boletín de noticias

Date de alta (gratis)

Completa con tus datos y recibe las últimas noticias en tu correo

Órgano oficial de:

Spanish English Portuguese

Leer en otro idioma | Read in a different language

Boletín de noticias

Date de alta (gratis)

Completa con tus datos y recibe las últimas noticias en tu correo