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Edición nº 114 | Año 1 | Miércoles 27 de agosto 2025 | Director: Eugenio de Quesada | Órgano oficial de CIMET
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InTur: Argentina lanza un programa de incentivo para inversiones turísticas

Inicio de la ayuda

Fin de la ayuda

Los requisitos para optar a esta ayuda son los siguientes:

  • Ser una persona física o jurídica domiciliada, constituida o habilitada para desarrollar su actividad económica en la República de Argentina, además de disponer de una cuenta bancaria.
  • Constar como persona autónoma o empresa turística y disponer de hasta 50 empleados.
  • Ofrecer como actividad turística principal algunas de las comprendidas en el Anexo I de la Ley Nacional de Turismo N° 25.997 y sus modificaciones correspondientes o bien, otras actividades que la Autoridad de Aplicación considere turísticas por su vinculación directa con el sector.
  • Presentar una idea/proyecto orientada a la mejora de su oferta de productos y/o servicios turísticos, la cual deberá ser aprobada por la Autoridad de Aplicación.
El programa InTur busca modernizar y mejorar la oferta turística de autónomos, microempresas y PYMES en Argentina, financiando proyectos hasta el 100% mediante Aportes No Reembolsables, para fortalecer el sector cultural y natural.

A través de sus varias ediciones, el programa InTur se encuentra orientado a la modernización y mejora de la oferta de productos y servicios proporcionados por autónomos, microempresas y PYMES (con un máximo de 50 personas empleadas) dedicadas a actividades turísticas en Argentina, especialmente aquellas enfocadas en el sector cultural y el de naturaleza.

Su finalidad principal es fortalecer la cadena de valor del sector, expandir su alcance nacional y/o internacional e incentivar el desarrollo de las economías de los diferentes territorios.

A través de Aportes No Reembolsables (ANR), InTur financia los proyectos en un 100% (con un límite de $500.000) en el caso de autónomos sin personal empleado, mientras que un 80% en las empresas turísticas que dispongan de 1 a 50 personas empleadas (con un máximo de $1.000.000).

Visor del PDF Reglamento-InTur.pdf

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